La Comisión Directiva de la Federación Paraguaya de Ajedrez aprobó en su reunión del lunes 11 de enero el Reglamento para la organización del torneos IRT y torneos ITT.

Puede descargar el reglamento en formato PDF en: Reglamento para la organización de torneos IRT y torneos ITT.

ANTECEDENTES

La Federación Internacional de Ajedrez (FIDE) establece normas y reglamentos a los que deben ajustarse los torneos IRT para que sean contabilizados para el Rating Internacional (Elo), y para que los torneos ITT sean válidos para normas de títulos internacionales.
La FIDE delega el control del cumplimiento de tales normas y reglamentos a las federaciones nacionales y a los árbitros, y toma como ciertos y precisos los informes remitidos a ella por los responsables, estableciendo inclusive sanciones e inhabilitaciones para quienes intencionalmente envían datos falseados o componen resultados para favorecer o perjudicar a algún jugador.
Por ello, hacer cumplir las normas y reglamentos establecidos por la FIDE e informar de los torneos a ella, es tanto un derecho como una obligación de la Federación Paraguaya de Ajedrez.
Por otro lado, la Federación Paraguaya de Ajedrez debe velar por la seriedad y  el  cumplimiento de requisitos mínimos de los torneos, para salvaguardar e incrementar el prestigio del ajedrez nacional.
El presente reglamento tiene por objeto, establecer una normativa para cumplir a cabalidad todo lo dicho anteriormente.

REGLAMENTO

1. DE LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE UN TORNEO IRT O ITT

  1.1. El organizador debe hacer una solicitud previa por correo electrónico al Presidente de la FEPARAJ, con copia al Secretario General. En la solicitud previa debe constar:
     1.1.1. El reglamento del torneo, en el cual debe constar como mínimo:
       1.1.1.1. Nombre del evento
       1.1.1.2.  En caso de tratarse de un festival de torneos, se deberá especificar las categorías que se llevarán a cabo
       1.1.1.3. La modalidad del evento  (Suizo, Round Robin, , match etc.)
       1.1.1.4.  Local de juego
       1.1.1.5.  El ritmo de juego
       1.1.1.6.  Los días y las horas de juego
       1.1.1.7.  El nombre del árbitro y director del torneo
       1.1.1.8.  En caso de ser torneo suizo, el sistema de pareo que se utilizará (Dutch System, Dubov System, K.A.Lim System etc.).
       1.1.1.9.  El sistema de desempate
      1.1.1.10.  Dirección de email y teléfonos de contacto del organizador.
     1.1.2. En caso de ser torneo ITT, debe también presentarse la lista de jugadores que tomarán parte del evento, haciendo constar para cada uno de ellos, su código de la fide, nombre y apellido, nacionalidad y rating.
  1.2. La solicitud será tratada en la reunión inmediata posterior a la fecha del correo electrónico mediante el cual el organizador realizó la solicitud.
  1.3. En caso que el torneo sea organizado o patrocinado por un club afiliado a la Federación Paraguaya de Ajedrez, la solicitud previa puede hacerla una coordinador en representación del club, pero para acceder a los aranceles preferenciales para entidades afiliadas con sus cuotas sociales al día, una vez obtenida la aprobación previa, el club deberá enviar una nota a la Federación Paraguaya de Ajedrez firmada por su presidente y secretario, confirmando que son patrocinadores u organizadores del evento.

2. DE LA APROBACIÓN POR PARTE DE LA FEPARAJ

  2.1. La Comisión Directiva podrá rechazar o realizar una pre-aprobación del torneo, decisión que será comunicada al organizador por correo electrónico.
  2.2. Una vez que el organizador tiene la pre-aprobación del torneo, para tener la aprobación plena del torneo, el organizador tendrá que satisfacer los dos siguientes requisitos:
     2.2.1. En caso de ser torneo ITT, se deberá abonar al Tesorero de la FEPARAJ el arancel correspondiente al torneo, conforme a la tabla de aranceles para torneos ITT y torneos IRT que se encuentra en la página web de la FEPARAJ. Un torneo IRT puede abonarse luego de terminado, en el plazo establecido en el ítem 3.4 más abajo, pero el mismo no será informado a la FIDE por la FEPARAJ antes del cumplimiento del pago por parte del organizador. Ver también el ítem 3.6.
     2.2.2.  El organizador deberá enviar un email al Presidente de la Federación Paraguaya de Ajedrez, con copia al Secretario General,  con el siguiente texto: “El que remite el presente correo electrónico, NOMBRE DEL ORGANIZADOR, declara por la presente que está en conocimiento de la tabla de aranceles de torneos IRT y torneos ITT de la FEPARAJ, aprobado por la Comisión Directiva en fecha 29 de diciembre de 2009 y el Reglamento de Torneos ITT e IRT de la FEPARAJ aprobado por la Comisión Directiva en fecha 11 de enero de 2009 y acuerda a realizar el torneo NOMBRE DEL TORNEO que se llevará a cabo desde FECHA DE INICIO hasta el FECHA DE FINALIZACIÓN DEL TORNEO, ajustándose a dichos documentos”
  2.3. No podrá iniciarse un torneo IRT ni mucho menos un torneo ITT sin la aprobación plena del mismo por parte de la FEPARAJ. En caso de que un torneo se inicie sin aprobación plena, la Comisión Directiva no tratará el caso para una aprobación tardía.

3. DE LOS REQUISITOS PARA QUE SE  INFORME EL TORNEO A LA FIDE

Una vez concluido el torneo, para que la FEPARAJ informe al torneo a la FIDE, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  3.1. El árbitro o el organizador, deberá enviar por correo electrónico a la FEPARAJ el informe del torneo para su remisión a la FIDE en formato Krause, a más tardar 20 días corridos después de terminado el mismo.
  3.2. La Federación podrá elaborar el informe en formato Krause a pedido del organizador a partir de un informe de los resultados ronda por ronda del torneo, pero para el efecto el organizador tendrá que abonar un adicional de Gs. 100.000.
  3.3. El árbitro o el organizador deberá enviar también por correo electrónico  a la FEPARAJ todas las partidas del torneo en formato PGN,  a más tardar 20 días corridos después de terminado el mismo.
  3.4. En caso de ser un torneo IRT, el organizador deberá abonar el costo del mismo conforme a la tabla de aranceles de torneos IRT y torneos ITT de la Federación Paraguaya de Ajedrez, a más tardar 20 días hábiles corridos después de terminar el torneo.
  3.5. Por cada torneo IRT y Torneo ITT el organizador es responsable por el cobro del Catastro anual a todos los jugadores paraguayos que todavía no lo han hecho al momento de la realización del torneo IRT o ITT. Al respecto:
     3.5.1. El organizador deberá entrar en contacto con el Tesorero o Protesorero para tener la lista de los jugadores que no abonaron catastro a la fecha del torneo
     3.5.2. El organizador realizará los cobros y pasará la lista al Tesorero o Protesorero para que estos emitan las facturas legales correspondientes
     3.5.3. El organizador deberá rendir cuentas del cobro de Catastro también como máximo 20 días después de terminado el torneo
     3.5.4. El torneo no será informado a la FIDE antes de que todos los jugadores paraguayos del torneo tengan su catastro al día, que es responsabilidad del organizador.
  3.6. En caso que, o el informe del torneo en formato Krause, o el pago del arancel del torneo, o las partidas en formato PGN o el cobro de catastro no sea entregado a la Federación Paraguaya de Ajedrez dentro de los  veinte días corridos posteriores al torneo, podrá entregarse en fecha posterior, pero abonando una multa de Gs. 450.000 (Guaraníes cuatrocientos cincuenta mil). El torneo no se informará antes del pago de la multa.

4. DISPOSICIONES GENERALES

  4.1. La Federación Paraguaya de Ajedrez podrá designar un veedor del torneo que tendrá la facultad de realizar verificaciones del cumplimiento de lo establecido.
  4.2. El árbitro es corresponsable del cumplimiento del reglamento del torneo. Actúa como un depositario de la fe de la Federación Paraguaya de Ajedrez.
  4.3. El organizador y el árbitro celarán por los detalles, como puntualidad en el inicio de las partidas, respeto del calendario de juegos, que todas las partidas se jueguen al mismo tiempo,  silencio y respeto en el salón de juegos etc.
  4.4. El incumplimiento de las normas y en caso de irregularidades, la Federación Paraguaya de Ajedrez podrá no informar el torneo a la FIDE, sin perjuicio de las sanciones que correspondan a los responsables.
  4.5. Se considera falta grave que una partida sea declarada tablas sin que la misma se juegue.
  4.6. En caso que haya necesidad de algún cambio en el torneo, sólo podrá hacerse previo consentimiento de la FEPARAJ
Federación Paraguaya de Ajedrez


Volver a: inicio/noticias/Misceláneas
2010-01-13 00:00:00